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Johan Angel

Proyecto piloto permitirá que entidades del sistema financiero, en alianza con plataformas de criptoactivos, realicen pruebas temporales en laArenera de la SFC

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De acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia, se estructuró un proyecto piloto con el fin de propiciar un espacio de prueba entre el ecosistema digital y el Gobierno Nacional en materia de criptoactivos a través de laArenera (sandbox) de la SFC. Se basa en una iniciativa entre la Consejería Presidencial para Asuntos Económicos y de Transformación Digital, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Banco de la República, la Unidad de Regulación Financiera – URF, la Superintendencia de Sociedades, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y la Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF con el fin de que todas las autoridades participantes puedan medir la efectividad de los recientes desarrollos tecnológicos en la verificación de la identidad digital y de trazabilidad en las transacciones, dentro del ámbito de sus competencias asignadas en el marco vigente.

 

Esta prueba piloto se desarrollará en cinco etapas: aplicación, selección, estructuración, seguimiento y retroalimentación. Las postulaciones que cumplan con los requerimientos generales serán evaluadas por un Comité integrado por la Presidencia de la República, la SFC, la Superintendencia de Sociedades, la UIAF y la representación de la academia, teniendo en cuenta criterios de innovación, inclusión, confiabilidad y transparencia.

 

De esta manera, el Gobierno Nacional – por conducto de la Superintendencia Financiera – lanzará en el presente trimestre la convocatoria para que las entidades vigiladas por la SFC, en alianza con plataformas de intercambio de criptoactivos o “exchange” constituidas en el país, se postulen para probar temporalmente en el espacio controlado de laArenera, el manejo de operaciones de cash-in (depósito de recursos) y cash-out (retiro de recursos) bajo un conjunto de condiciones y requerimientos definidos para realizar la prueba piloto.

 

Comunicado de Prensa: Superintendencia Financiera de Colombia 

Superintendencia Financiera presentó el Sarlaft 4.0

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Con la expedición de esta nueva versión del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación al Terrorismo (Sarlaft), la Superintendencia Financiera aseguró que reafirma su compromiso para converger integralmente a las Recomendaciones del Gafi, de acuerdo con el resultado del informe de evaluación mutua realizado por el Fondo Monetario Internacional.

Adicionalmente, con la expedición del Sarlaft 4.0, la Superfinanciera crea un espacio propicio para avanzar aún más en temas de innovación y profundizar la inclusión financiera, a través de la promoción de mecanismos tecnológicos que facilitan la vinculación de nuevos clientes mediante la utilización de canales digitales.

A través de la Circular Externa 027 de 2020 se establecen disposiciones que buscan fortalecer la debida diligencia del beneficiario final, la aplicación de contramedidas en países de mayor riesgo, el requerimiento de información en las transferencias internacionales y nacionales, la debida diligencia en Personas Expuestas Políticamente (PEP) y la supervisión en corresponsalía transnacional.

El nuevo Sistema de Administración del Riesgo LA/FT establece los lineamientos para que las entidades vigiladas determinen su procedimiento de conocimiento del cliente con un enfoque basado en riesgos, definiendo la información que solicitarán al cliente en atención al análisis cuidadoso y particular que realicen de este.

Además, se promueve la adopción de herramientas tecnológicas para adelantar vinculación de clientes a través de canales digitales y se elimina la obligatoriedad de diligenciar el formulario de vinculación.

Las entidades vigiladas por la Superfinanciera deberán obtener la información básica, socioeconómica, financiera y transaccional del potencial cliente conforme a su perfil de riesgo, pero, como mínimo, deben tener los datos relacionados con la actividad económica; las características, montos y procedencia de sus ingresos y egresos; el domicilio, y, para las personas jurídicas, los datos de identificación del representante legal y los miembros de junta directiva u órgano que haga sus veces

Dentro de las fuentes alternativas de información contempladas en el Sarlaft 4.0 están las bases de datos públicas, las de prestadores de servicios ciudadanos digitales y las bases de datos propias y/o externas. Adicionalmente, se permite el intercambio de información entre las entidades que conforman un mismo conglomerado financiero.

Por otro lado, se adoptan las mejores prácticas reconocidas en la Guía de Identidad Digital del Gafi, para lo cual las entidades vigiladas deberán contar con políticas y procedimientos que les permitan identificar, verificar y confirmar la identidad del potencial cliente al momento de su vinculación en ambientes presenciales y no presenciales. 

Para tal fin, pueden utilizar los certificados de firma digital, biometría, mecanismos fuertes de autenticación e, incluso, la información disponible en los bancos de datos administrados por operadores de información.

Con relación a los nuevos productos del sistema financiero, el Sarlaft 4.0 amplía la oferta de una manera integral mediante la vinculación simplificada, en la que el proceso de identificación se fundamenta en la validación de los datos contenidos en el documento de identidad del cliente. 

Dentro de estos productos se encuentran los seguros, cuyo valor asegurado sea menor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes y el pago máximo anual de la prima es igual o inferior a seis salarios mínimos mensuales legales vigentes.

También están las operaciones de intermediación de bajo monto en valores, los aportes al servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), los depósitos de bajo monto, los aportes de bajo monto en fondos de pensiones de jubilación e invalidez voluntarios y la adquisición de participaciones de bajo monto en Fondos de Inversión Colectiva.

Fuente: Dinero.com

Recomendado: Grupo CD&S

Disponible actualización Capturador SICSES para reporte información, a partir de Julio de 2020

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Bogotá, agosto 13 de 2020. La Superintendencia de la Economía Solidaria informa a las Entidades Vigiladas, que está disponible la actualización del Capturador SICSES, con los cambios requeridos para reportar la información a partir del corte del mes de julio de 2020. Invitamos a descargar la respectiva actualización, a través del siguiente enlace: http://www.supersolidaria.gov.co/es/capturador_de_informacion_financiera

Ingrese el NIT (con separación de guiones y el respectivo dígito de verificación); así como el correo electrónico de la organización solidaria

Se recuerda a las entidades vigiladas que las fechas para el reporte del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, son las establecidas en la Circular Externa 01 de 2016, numeral 2.3, que modifica la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008.

En esta versión se incluye el formato 173- Indicador Riesgo de Liquidez (IRL) Fondo de Empleados y Mutuales con su respectivo instructivo; a través del cual, los Fondos de Empleados de Categoría Plena y las Asociaciones Mutuales que tienen depósitos de ahorro ordinario, pueden reportar la medición del riesgo de liquidez con base en el Anexo metodológico No. 2 de la Circular Externa 06 del 2019.

Así mismo, se informa que los datos de contacto como dirección, teléfono y correo electrónico de las Entidades, pueden ser actualizados en el aplicativo SICSES.

FUENTE: http://www.supersolidaria.gov.co/

(Vídeo) Seminario Virtual – Factores claves para la implementación y transición al SARC

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¿Está su organización preparada para la implementación del Sistema de Administración de Riesgo Crediticio?

En Alianza con Confecoop Boyacá y Grupo CD&S el pasado 11 de Agosto se realizó el primer seminario virtual con más de 130 asistentes donde se dio a conocer acerca de las estrategias y métodos sobre la implementación del Sistema de Administración de Riesgo Crediticio

 

El evento fue patrocinado así mismo por Qualitas T&T y UAEOs (Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias)

 

¡Gracias a todos los participantes, fue un éxito total!

Espera pronto nuestros próximos Webinars para seguir compartiendo grandes aprendizajes y TIPS

 

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Ley 2032 de 2020, permite el pago anticipado de créditos otorgados por entidades del Sector Solidario

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Bogotá, agosto 6 del 2020. La Superintendencia de la Economía Solidaria informa a las organizaciones solidarias vigiladas, asociados y ciudadanía que entró en vigencia la Ley 2032 del 27 de julio de 2020, que regula el pago anticipado de los créditos y préstamos, sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucro cesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, de los consumidores de productos crediticios de las entidades del sector cooperativo.

Así mismo, la Ley 2032 de 2020 destaca que “en los contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios en los que el productor o proveedor otorgue de forma directa financiación, el consumidor podrá realizar en cualquier momento pagos anticipados de forma parcial o total sobre el saldo pendiente de su crédito. En ningún caso podrán establecerse cláusulas penales o sanciones por pago anticipado ni exigirse el pago de intereses durante el periodo restante».

Consulte la Ley 2032 de 2020 en el siguiente enlace: http://www.supersolidaria.gov.co/sites/default/files/public/normativa/ley_2032_del_27_de_julio_de_2020.pdf

 

En Grupo CD&S somos expertos en la implementación de Sistemas de Administración de Riesgo para su organización

Circular Externa Nº18: Modificación y aclaración de las instrucciones prudenciales en materia de cartera de Créditos impartidas mediante la circular externa 17 de 2020

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En virtud de la emergencia sanitaria por la cual atraviesa el país y su afectación en la situación económica, social y financiera de los asociados y de las organizaciones solidarias, la Superintendencia de Economía Solidaria expidió documento con instrucciones a realizar en la modificación de la circular externa Nº17

Lea la circular completa en el siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/08/circular_externa_18_de_2020.pdf

En Grupo CD&S somos expertos en la implementación del sistema de administración de riesgo de lavado de activos y financiamiento al terrorismo

SARLAFT, SARC, SARO, SARL y SARC

 

Instrucciones Prudenciales en materia de cartera de créditos, con el fin de apoyar a los asociados afectados por la actual emergencia sanitaria

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El pasado 17 de Julio mediante la circular externa #17 de la Supersolidaria se informan las instrucciones prudenciales en materia de cartera de créditos. En virtud de la emergencia sanitaria1 por la cual atraviesa el país y su afectación en la situación económica, social y financiera de los asociados y de las organizaciones solidarias, esta Superintendencia mantiene su política de flexibilización regulatoria, orientada a mitigar los efectos directos e indirectos de la actual coyuntura.

Complementariamente a las alternativas aquí dispuestas, las organizaciones solidarias vigiladas podrán otorgar alivios a sus asociados, teniendo en cuenta sus políticas y mecanismos previstos para el otorgamiento de nuevos créditos, así mismo podrán modificar las condiciones de los créditos vigentes, atendiendo lo señalado en el Capítulo II, de la Circular Básica Contable y Financiera.

Leer circular externa completa a través del siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/circular_externa_17_2020.pdf

Suspensión temporal de la Circular Externa No.09 DE 2020 – Informe del Balance Social y Beneficio Solidario

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El día 15 de Julio del 2020 la Supersolidaria dio a conocer la SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA CIRCULAR EXTERNA No.09 DE 2020 – INFORME DEL BALANCE SOCIAL Y BENEFICIO SOLIDARIO en virtud de la emergencia sanitaria por la cual atraviesa el país y, conforme a los lineamientos impartidos por el Gobierno Nacional en materia de prevención, manejo y control para evitar el contagio de la Covid-19, esta Superintendencia en virtud de los objetivos y finalidades previstos en el artículo 35 y en ejercicio de las facultades legales conferidas en el numeral 22 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, informa a las organizaciones vigiladas que dada la importancia que representa la medición y presentación del Balance Social y Beneficio Solidario, se hace necesario suspender la aplicabilidad de la Circular Externa No.09 de 2020.

Para leer la circular externa completa dar clic en el siguiente enlace: https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/circular_externa_no.16_15_de_julio_de_2020.pdf

¿Qué es el Valor en Riesgo de liquidez VaR (Value al Risk Liquidity)?

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El Valor en Riesgo de liquidez (VaR) permite estimar el monto máximo de retiro que tendría una organización por concepto de sus exigibilidades que no tienen fecha cierta de vencimiento, en un horizonte de tiempo y con un nivel de confianza determinado. Un nivel de confianza del 95% significa que, en construcciones repetidas resultantes de un muestreo, se acertará en 95 de cada 100 casos.

el VaR mide la peor pérdida esperada en un tiempo determinado bajo condiciones normales de mercado en un nivel de confianza estadística (o de probabilidad estadística). Sobre la base de fundamentos técnicos, el VaR otorga a sus usuarios una medida sumaria de los riesgos.

Además del monto máximo de dinero que puede perderse en un período para un nivel determinado de confianza, el VaR tiene otras definiciones:

  • Es el procedimiento numérico, estadístico o matemático que establece un VaR monetario.
  • Es un conjunto de procedimientos que permite estimar el valor monetario del riesgo.
  • Es una técnica de gestión del riesgo, que tiene como consecuencia la reestructuración de la compañía y de sus posiciones.

Conozca el anexo completo de la Supersociedades en https://www.grupocdys.com.co/wp-content/uploads/2020/07/anexo_1_capitulo_svii_circular_basica_contable_y_financiera_0-1-1.pdf

 

En Grupo CD&S lo asesoramos la implementación de Sistema de Administración de Riesgo de Liquidez para su organización. Déjenos sus datos y le contactaremos para brindar mayor información https://www.grupocdys.com.co/contactanos/